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Convenio
CONVENIO UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS Y AGRUPACION NACIONAL DE EMPLEADOS FISCALES
Entre la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales ANEF, con domicilio en calle Alameda Bernardo O”Higgins N° 1603, Comuna de Santiago, de la ciudad de Santiago, en adelante ANEF, representado por Don RAUL DE LA PUENTE PEÑA, y la UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS, en adelante la UNIVERSIDAD, representada por su Rector, Don RAUL AGUILAR GATICA, domiciliado en Lord Cochrane N° 1046, de la ciudad de Osorno, se suscribe el presente convenio de cooperación y apoyo mutuo para el desarrollo de los recursos Humanos de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales.

El propósito general de este convenio es incrementar y mejorar la efectividad de las acciones educativas que contribuyan a la formación profesional y competencia laboral de los socios afiliados a ANEF, para esto, las instituciones firmantes se proponen desarrollar una relación de recíproco aprendizaje y colaboración, que permita precisar necesidades educacionales, diseñar proyectos, innovar metodología y optimizar recursos, abriendo más y mejores oportunidades educativas para los destinatarios del presente convenio.

Con el objeto de promover y facilitar esta relación, las instituciones firmantes acuerdan lo siguiente:

La Universidad hará un descuento de un 10% a los alumnos socios pertenecientes a ANEF, sobre el valor de los aranceles correspondientes a cualesquiera de los Programas Extraordinarios de Titulación que implemente la Universidad y que estén adscritos a la Red de Servicios Universitarios Regionales ( RESUR).
Este descuento se hará efectivo a lo largo de todo el programa, en tanto el convenio se mantenga vigente y previa presentación del respectivo certificado que respalde la condición de trabajador de la Institución por parte del alumno, en cada periodo académico.

La Universidad otorgara una beca, consistente en la liberación total del arancel mensual, por cada 30 alumnos nuevos matriculados, a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente convenio. Su asignación será de exclusiva responsabilidad de la ANEF.

El postulante se considera matriculado cuando ha cumplido las siguientes condiciones:

- Cancelar el valor de la matrícula

- Suscribir el pagaré establecido por la Universidad.

Los beneficios establecidos en el presente convenio, son incompatibles con otros beneficios de similar naturaleza que pudiese entregar la Universidad en virtud de otros convenios vigentes.

La ANEF se compromete a ejecutar las acciones necesarias para dar a conocer el presente convenio a todos sus funcionarios, así como promover los programas especiales que ofrezca la Universidad, distribuir y exhibir adecuadamente el material informativo que se ponga a su disposición, como también informar a la Universidad la situación de los alumnos.

Para el fiel cumplimiento de lo convenido, la Universidad requerirá que los alumnos pertenecientes a la Institución no deban llegar a registrar una morosidad en el pago de sus aranceles igual o superior al 25 % del monto anual determinado.

De generarse la situación contraria, la Universidad se reserva el derecho de poner término unilateralmente al presente convenio respecto del alumno correspondiente.

Por lo anterior, la Institución deberá procurar que sus asociados den fiel y oportuno cumplimiento a los compromisos contraídos.

Para todos los efectos, este convenio comenzará a regir a partir de la total tramitación del presente documento.

De producirse cualquier dificultad entre las instituciones con motivo de la interpretación y/o aplicación del presente convenio, esta será resuelta de común acuerdo entre las partes, para lo cual se deberá nombrar una comisión que represente a ambas.

Para impulsar la buena marcha de este convenio, las partes designarán un coordinador que se encargará de las materias menester de este convenio. La ANEF designa como coordinador al Sr. Ernesto Muñoz Herrera; la Universidad designará oportunamente un encargado para estos efectos.

La personería de Don Raúl de la Puente Peña como Presidente de la ANEF, consta en el Registro de Asociaciones de Funcionarios, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social bajo el número RAF 9311025 Se adjunta documento.

La personería de don Raúl Aguilar Gatica, para actuar en representación de la Universidad de los Lagos , consta en Decreto N° 200 de fecha 29 de Agosto de 2002, del Ministerio de Educación Pública. ( Se adjunta copia de Decreto )

El presente convenio se firma en seis ejemplares del mismo tenor, quedando tres en poder de cada una de las partes, y tendrá duración indefinida. Cualquiera de las partes podrá poner término a este convenio, sin expresión de causa, dando aviso con seis meses de anticipación a través de carta certificada dirigida al representante legal de la institución respectiva, no afectando esta circunstancia a los beneficiarios del convenio.

RAUL DE LA PUENTE PEÑA
Presidente
Agrupación Nacional Empleados Fiscales
A.N.E.F.

RAUL AGUILAR GATICA
RECTOR
UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS

 
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